domingo, 26 de enero de 2014

El Partido Andalucista de Almería insta a GALASA a que justifique la necesidad de las nuevas tarifas, como es preceptivo.


El Partido Andalucista de Almería insta a GALASA a que justifique la necesidad de las nuevas tarifas, como es preceptivo. 

CONCEPTO
Tarifas propuestas 2014
Tarifas vigentes
Diferencia
Cuota fija abastecimiento
7 euros
4,38 euros
2,62 euros
1º tramo (0-10m3/mes)
0,371199 euros/m3
4,5 m3 = 1,67 euros
0,5713 euros/m3
4,5 m3= 2,30 euros
-0,63 euros
Cuota fija depuración
3 euros
1 euros/mes
2 euros
Cuota fija saneamiento
3 euros
1,15 euros/mes
1,85 euros
Desalación
4 euros
4 euros
1º tramo (0 – 10 m3/mes)
0,2 euros/m3
4,5 m3 = 0,9 euros
0,27 euros/m3
4,5 m3 = 1,215
-0,315 euros
Total diferencia
9,525 euros

Esto es lo que se incrementará el recibo de una persona que vive sola, por ejemplo una viuda con pensión de viuda, o sea un robo, por un agua que hemos de recordar que al menos en las poblaciones del levante almeriense, excepto Carboneras, aún sigue sin tener la calidad de agua apta para el consumo humano según las autoridades sanitarias competentes.

Como según el Instituto Nacional de Estadística el tamaño medio del hogar en el año 2002 es de 2,92 personas y en 2007 es de 2,74 personas, lo que se está preparando es una subida indiscriminada sin premiar el ahorro de agua, tomando como media la cantidad de 150 litros por persona y día -para redondear, en realidad son 157- que es el consumo medio de agua diaria por persona que el Instituto Nacional de Estadística da para el año 2007, para compensar la subida de gastos fijos en consumo de agua dado que por este concepto el ahorro es de 0,945 euros por persona, se necesitarían 10,1 personas por hogar. Y que esos 9,525 euros/mes equivale al agua que consumirían 3,6 personas. ¿Qué significa esto? Pues que la viuda del ejemplo está pagando el agua que consumirían otras 2,6 personas viviendo en su hogar y si tomamos como ejemplo un hogar medio español, cada familia va a ver incrementado su recibo como si tuvieran un nuevo miembro en su familia ¿Le pondrán de nombre GALASA, o más bien se acordarán de la madre de alguien?

Podemos concluir que GALASA nos ha metido en casa hasta a nueve personas consumiendo agua para paliar su situación deficitaria ¿Y de la calidad del agua qué dicen? Pues vamos a hacer un ejercicio de copiar y pegar del último comunicado al respecto de la empresa GALASA en su página web corporativa:

Calidad del agua

COMUNICADO DE GALASA SOBRE LA CALIDAD DEL AGUA

GALASA suministrará agua, que cumple los requisitos de la normativa de calidad del agua, desde la Desaladora de Carboneras a los Municipios del Levante Almeriense.

Con esta decisión, GALASA da por resuelta, con celeridad y garantía, la incidencia detectada por su propio Plan de Autocontrol y Gestión del Abastecimiento, referida a la existencia de concentraciones de Trihalometanos por encima de los niveles establecidos en la normativa vigente (115/100 microgramos/litro).

Vera, 12 de junio de 2013

Volvemos a repetir que no dicen lo mismo desde la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de Almería, que en Octubre pasado daba por terminada la alerta sanitaria en Carboneras y algunas de sus barriadas declarando que el agua es apta para el consumo humano.

Recordamos que hasta ahora he comentado prácticamente lo que a la zona del levante se refiere, pues en GALASA hay dos zonas de tarificación la referida del levante y la llamada “norte o tarifas especiales” que corresponden a poblaciones que tienen abastecimientos propios y por lo tanto tarifas propias y que requeriría un análisis población a población, pero a los que en todos los casos se suben los gastos fijos, exceptuando los 4 euros/mes por desalación, suponiendo un incremento extraordinario en el precio que pagan por el agua pasando a pagar un mínimo de 13 euros/mes, vayan echando cuentas los propios vecinos de lo que les supone, sin que GALASA haya gastado un solo euro en mejorar nada.

Tampoco se tiene para nada en cuenta el número de personas que conviven en un mismo domicilio en sus tramos de consumo para las tarifas domésticas.

Tampoco se tiene en cuenta la Directiva Marco del agua a la hora de fomentar un consumo responsable, pues se suben los costos fijos mientras que se bajan los costos por consumo, excepto en el tramo de más de 15 m3/mes, penalizando además a las familias numerosas que sobrepasan esos 15 m3 de consumo por mes, dando casi el mismo trato económico que si de un señor con piscina propia se tratara, pues mientras el señor de la piscina la llena una vez al año al comenzar la época calurosa, la familia numerosa es como si fuera llenando su piscina a lo largo del todo el año, incluso si el señor de la piscina la fuera llenando a lo largo del año pagaría menos que la familia numerosa.

El Defensor del Pueblo Andaluz en Resolución del 14 de octubre de 2009 en respuesta a una queja sobre la tarificación por tramos de consumo sin tener en cuenta el número de personas que viven en un hogar que realiza la empresa Huesna, hace la siguiente

SUGERENCIA:

Que el Consorcio de Aguas del Huesna inicie los trámites para recoger en su Ordenanza reguladora de la Tasa por prestación de los servicios de abastecimiento, saneamiento, vertido y depuración de aguas una modulación de las tarifas en función del número de personas que hacen uso del suministro.

Consideramos que actuando en la forma que propugnamos se lograría una mayor garantía del derecho al disfrute de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, contemplado en el artículo 45 de nuestro texto constitucional, así como del derecho a vivir en un medio ambiente equilibrado, sostenible y saludable que reconoce el art. 28 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Asimismo, se facilitaría la consecución del objetivo de lograr un aprovechamiento de los recursos naturales basado en el principio de sostenibilidad que preconiza el art.10.3.5º del Estatuto de Autonomía para Andalucía y se reforzaría el uso responsable por la ciudadanía de los recursos naturales que estatuye el art. 28 del mismo texto legal.

El Defensor del Pueblo Andaluz en su informe especial: “Los Servicios Domiciliarios de Agua en Andalucía”,  señala que la participación ciudadana y las relaciones con las personas usuarias, no es solo una idea de la institución, sino que además está profundamente arraigada en la concepción de un servicio público y además son principios profundamente democráticos que se asumen y reflejan en la Directiva Marco del Agua.

Entre las Conclusiones más relevantes en el punto 5.12 Sobre el sistema tarifario doméstico y en el apartado C Cánones de mejora se advierte el cumplimiento de la obligatoriedad de remitir los balances y las auditorías preceptivas a que obliga la autoridad, mientras que no se aplican las supresiones de dichos cánones cuando no se cumplen esas obligaciones. En el punto 5,13 Sobre las cuotas a satisfacer por los derechos de acometida y por la contratación del servicio se entienden como las compensaciones económicas a satisfacer para sufragar los costes técnicos y administrativos de la formalización del contrato; en caso de ser el Ayuntamiento el que sufraga eso costes, como sucede en numerosas poblaciones del Consorcio de GALASA, lo lógico sería asumir que esas cuotas deberían redundar en los propios Ayuntamientos e incluso ser estos los que cuantifiquen dichas cuotas. Respecto al apartado 5,24 Sobre la participación ciudadana, que se reflejan en la Directiva Marco del Agua hay que hacer constar el bajo nivel de dicha participación, ya que no hay ni representación vecinal ni de asociaciones de consumidores, aunque sí hay representación de los Ayuntamientos que solo pueden supeditarse a las decisiones del Consejo de Administración dominado por cargos políticos y Directivos de la empresa.

 Sobre los procedimientos de aprobación de las tarifas.

Es evidente que para aprobar unas tarifas o un cambio de tarifas en el servicio de agua de abastecimiento, ha de hacerse en Pleno Municipal, pues al ser una tasa o precio público requiere de un procedimiento de elaboración, discusión y aprobación.

En el caso de GALASA suponemos que la elaboración de las tarifas del agua los hará la propia empresa pública, se discutirán entre los miembros del Consejo de Administración y representantes de los Ayuntamientos, que habrán de someterlos a Pleno y sería conveniente la participación de una representación de usuarios y consumidores, como establece el Convenio Marco del Agua, posteriormente la aprobación se hará en los Plenos de los diferentes Ayuntamientos y en el Consejo de Administración y por último ser aprobadas por la Comisión de Precios, órgano adscrito a la Comunidad autónoma.

¿Qué sucede si un Ayuntamiento no aprueba la subida de tarifas? Al parecer tal como están las cosas la única alternativa seria salirse de GALASA y con los nuevos Estatutos esto significaría hacerse cargo de la parte proporcional de la deuda de la empresa que asciende a más de cien millones de euros y lo que es inasumible por parte de cualquiera de los Ayuntamientos.

 Al parecer como la gestión de la empresa Gestión de Aguas del Levante Almeriense Sociedad Anónima no es lo efectiva que debería ser, ni en cuanto a economía ni en cuanto a calidad, los hábiles gestores han encontrado la manera de mejorar sus resultados económicos, sin tener en cuenta para nada a los dueños últimos de una empresa que se ha creado totalmente con dinero público, o sea, de los propios clientes cautivos.

 Cada vez resulta más evidente la necesidad de realizar una auditoría de cuentas que nos aclare por dónde van los tiros, así como una auditoria de recursos humanos que nos explique el incremento del porcentaje de puestos políticos, frente a la disminución del número de trabajadores propios.

Desde el Partido Andalucista pedimos que GALASA cumpla con su obligación de rendir cuentas de balances y auditorias antes de aplicar estas subidas indiscriminadas, informar de la gestión de personal y la necesidad de contrataciones externas, así como la gestión que realizan de las cuotas de acometida y contratación.



 

No hay comentarios:

Publicar un comentario